Agencia de Noticias de Ahlul Bait (ABNA) - La Mesa del Congreso español ha rechazado que Amaiur tenga grupo parlamentario propio. La decisión ha sido adoptada con los votos del PP, que cuenta con mayoría absoluta en el órgano de gobierno de la Cámara Baja. Los otros dos partidos representados en la Mesa, el PSOE y CiU, han optado por la abstención quejándose del informe jurídico preparado por los letrados.
En la misma reunión se ha dado vía libre a la constitución del grupo de UPyD, que ha aceptado la incorporación temporal del diputado de Foro (FAC) para poder cumplir el 5% de voto estatal que se le requería.
Ahora se abre un plazo de 24 horas, hasta las ocho de la tarde de mañana, para presentar recursos. La decisión definitiva, que ya sólo sería recurrible en amparo ante el Tribunal Constitucional, la adoptará el lunes la Mesa del Congreso una vez que escuche la opinión de la Junta de Portavoces.
La coalición vasca ha oficializado su petición para constituirse como grupo parlamentario con los seis representantes elegidos en Gipuzkoa, Araba y Bizkaia. Los diputados de la coalición Xabier Mikel Errekondo, Iker Urbina, Jon Iñarritu y Rafael Larreina han acudido al registro de la Cámara Baja para entregar este escrito, en el que se constituyen como grupo.
Tras la decisión tomada, el portavoz de la coalición Xabier Mikel Errekondo ha hecho una valoración pública.
Errekondo ha dicho que se ha cumplido el peor pronóstico posible y ha subrayado que la mesa del Congreso ha tomado una decisión púramente política para dejar a Amaiur sin grupo propio. Sin embargo, la coalición abertzale ha querido dejar claro que mantiene los compromisos tomados con los votantes y, en general, con la sociedad vasca y que seguirá trabajando para poder cumplirlos, ya que el hecho de tener grupo parlamentario propio no sería más que una herramienta para facilitar ese trabajo.
En ese sentido, Amaiur ha vuelto a denunciar la actitud del Partido Popular, ya que, según ha afirmado Errekondo, ha intentado silenciar la voz de la sociedad vasca. “El PP tendrá que reflexionar por qué ha conseguido tan buenos resultados en toda España y en cambio ha fracasado en Euskal Herria”, ha señalado el portavoz de la coalición y ha avisado de que la sociedad vasca no va a entender la decisión tomada por el Partido Popular.
En cualquier caso, el diputado ha insistido en que Amaur sigue considerando que el PP es un sujeto indispensable para la resolución del conflicto político vasco al que ha vuelto a reclamar que actúe con determinación y responsabilidad. “Esperemos que en adelante el el PP deje de lado estas posturas tan negativas y que esté a la altura de las circunstancias”, ha añadido.
Por último, Errekondo ha anunciado que Amaiur presentará un recurso en el Congreso en contra de la decisión tomada por la mesa.
Sin embargo, casi con toda seguridad, esta nueva fascistada del PP tratando de acallar la voz del pueblo vasco, de poco les acabará sirviendo al final. Ya existen precedente al respecto, y todo apunta a que la situación ahora volverá a ser la misma.
Un auto del Tribunal Constitucional avala que Amaiur pueda tener grupo parlamentario propio en el Congreso de los Diputados, ya que en 2007 justificó queEsquerra Republicana de Catalunya tuviese independencia en el Parlamento en unas circunstancias casi idénticas a las actuales de Amaiur.
En concreto, se trata del auto 262/2007 del Tribunal Constitucional, recogido por Servimedia, que resolvió un recurso presentado por el Partido Popular en 2004 contra la creación de un grupo parlamentario propio de Esquerra Republicana de Catalunya en el Congreso.
En aquel momento, el portavoz del PP en la Cámara Baja, Eduardo Zaplana, y el secretario ejecutivo de Libertades Públicas del PP, Ignacio Astarloa, pidieron al Constitucional que anulase la autorización de la Mesa del Congreso a ERC para disponer de grupo propio.
El Alto Tribunal denegó la petición del PP, que sostenía que Esquerra Republicana no tenía derecho a grupo parlamentario porque había alcanzado el 15% de los votos en las circunscripciones de Cataluña en las que se presentaba, pero no en las de la Comunidad Valenciana.
La situación de Amaiur ahora es casi idéntica, puesto que la formación abertzale superó el 15% de los votos en las elecciones generales en las tres provincias del País Vasco, pero no así en Navarra, donde se quedó en el 14,86%.
LA DECISIÓN ES DEL CONGRESO
El Tribunal Constitucional estableció en ese auto 262/2007 que Esquerra Republicana tenía derecho a un grupo propio, pese a no cumplir uno de los requisitos, porque la Mesa del Congreso de los Diputados había dado su visto bueno en virtud del Reglamento de la Cámara Baja.
Argumentó que "la interpretación del Reglamento Parlamentario corresponde a la Mesa, que según la jurisprudencia constitucional debe realizar siempre la interpretación que resulte más favorable al derecho de los diputados a constituir grupos parlamentarios", lo que ahora obligaría a hacer lo mismo con Amaiur.
Así lo ratifican expertos jurídicos consultados por Servimedia, para quienes este auto del Tribunal Constitucional juega un papel clave en la decisión que la Mesa del Congreso de los Diputados debe adoptar a partir de este jueves sobre la autorización o denegación de un grupo parlamentario propio de Amaiur.
Sin embargo, dirigentes del Partido Popular aseguraron a Servimedia que el auto del Constitucional incluido en un informe jurídico no es determinante e incluso puede interpretarse de otra manera si se asume de forma literal la afirmación del Tribunal de que "los órganos rectores de las Cámaras disponen de un margen en la interpretación de la legalidad parlamentaria que este Tribunal no puede desconocer".
Los partidarios de esta tesis recalcan que la Mesa del Congreso de los Diputados tiene libertad para adoptar ahora con Amaiur la decisión contraria a la de Esquerra Republicana en el año 2004 sin que el Tribunal Constitucional pueda tumbarla una vez reconocida su capacidad para llevar a cabo esa "interpretación" de la norma.
En su defensa, esgrimen que el propio auto del Constitucional recalca que "son las propias Cámaras las que deben interpretar la legalidad parlamentaria, sin que dicha interpretación pueda ser controlada por este Tribunal al margen de los derechos fundamentales y, significativamente, del art. 23.2 de la Constitución".
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